La vigencia y montos de la fianza de cumplimiento dependen del tipo de contratación y el método/mecanismo de contratación o si es un contrato de adquisición de bienes muebles, arrentamiento o prestación de servicios siempre y cuando el monto de la contratación supere los B/. 50000. (Cincuenta mil balboas).
¿Cuál es la vigencia de una fianza de cumplimiento?
- Para bienes muebles, la vigencia de la fianza de cumplimiento corresponderá al periodo de ejecución del contrato y el término de liquidación, más un año.
- Para bienes muebles que no tengan reglamentación especial, el término de cobertura será de seis (6) meses y por el término de tres años.
- Para los contratos de arrendamiento, la cobertura de una fianza de cumplimiento para defectos (vicios ocultos) será de seis meses.
¿De cuánto es el monto de la fianza de cumplimiento?
El monto de la fianza de cumplimiento varía de acuerdo a la entidad que contrata, al tipo de licitación y servicio/producto que una institución requiera.
- En los contratos de arrendamiento de un bien al estado se consignará una fianza de cumplimiento equivalente al importe de un dos meses del canon de arrendamiento.
- Las fianzas para contratos de cuantía indeterminada no tienen un monto fijo, sino que los determina la Contraloría en conjunto con la institución que contrata.
- El monto de las fianzas para adquisición de bienes mediante subasta en reversa será del 10% del avalúo.
- En los contratos de obra cuya cuantía rebase la suma de DOS MILLONES DE BALBOAS (B/ 2,000,000.00), el monto
de la fianza de cumplimiento podrá fijarse entre un quince por ciento (15%) a un cuarenta y cinco por ciento (45%) del
monto del contrato, previa autorización de la Contraloría General de la República. - En los contratos llave en mano la fianza podrá ser de hasta el 100% del valor del contrato.
En el artículo Reglamentación de las fianzas en Panamá para más información sobre las fianzas de cumplimiento en Panamá.
Si está por presentarse en un proceso de licitación pública y requiere una fianza, comuníquese con el Lic. Rubén Solís. Abogado experto en fianzas.